Formulario de vinculación a la aseguradora se puede diligenciar en el momento de la reclamación

Formulario de vinculación a la aseguradora se puede diligenciar en el momento de la reclamación

Las aseguradoras están facultadas para exigir el diligenciamiento de un formulario diseñado y adoptado por ellas mismas, a efectos de realizar el efectivo, eficiente y oportuno conocimiento del cliente, indicó la Superintendencia Financiera.

 Dichos formularios de solicitud de vinculación de clientes y de sus actualizaciones deben contener espacios para recolectar los datos de identificación, sin perjuicio de la información adicional que cada entidad haya determinado como relevante y necesaria para controlar el riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo.

 Esa labor de diligenciamiento se realiza en el momento en que se pretende efectuar la vinculación del potencial cliente para el suministro de productos o prestación de servicios y, excepcionalmente, al momento de la reclamación.

 Este último evento se presenta en aquellos contratos de seguros en los que el asegurado y/o beneficiario es una persona diferente al tomador o suscriptor, respecto del cual se acredite la imposibilidad de suministrar información al momento de la vinculación.

 

Fuente: www.ambitojurídico.com
Fecha: 13 de agosto de 2019

(Superfinanciera, Concepto 2019069854, jun. 25 – 19)

 

No hay comentarios

Postea un comentario